El impacto de la inteligencia artificial generativa en la docencia universitaria de las disciplinas jurídicas y sociales
32 El impacto de la Inteligencia Artificial generativa en la docencia universitaria de las disciplinas jurídicas y sociales un caso 2 . Esto último, con vistas a confirmarlas o desmentirlas con base en los presupuestos legales que permiten sancionar penalmente a alguien. De esta forma, mediante la distinción entre el «juicio despersonalizado de desaprobación sobre el hecho » y «la posibilidad de imputación de ese hecho desvalorado a su autor » 3 , se configuran una serie de hitos discursivos con efectos, no únicamente pedagógicos, sino también analíticos y axiológicos (lo que «está en juego» en cada categoría —tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, punibilidad— es distinto) 4 . Por medio de esta sistematización, el operador jurídico dispone de una plataforma con la que, no solo ordenar sus argumentos, sino también permeabilizarlos de las valoraciones personales que pudiera disponer en relación con un caso particular. Conceptos como «bien jurídico», «principio del hecho» o «dolo» no son fórmulas vacías, sino que sintetizan exigencias del sistema jurídico para atribuir responsabilidad penal «de forma correcta» en atención a los presupuestos con los que aquel se legitima de cara a los destinatarios de las normas. En todo caso, cabe remarcar algo importante: en un ámbito como el Derecho, ni las premisas materiales del sistema son unívocas ni las reglas de la lógica fungen como criterio definitivo para alcanzar una solución a un problema. La teoría del delito, para el caso del De- recho penal, o los actos procedimentales que buscan la realización de la tutela judicial efec- tiva, para el supuesto del Derecho procesal, pueden servir de guías para alcanzar resultados jurídicamente satisfactorios frente a determinados problemas. No obstante, su sistematicidad no agota en ningún caso el margen de que dispone el operador jurídico para «escoger», de entre distintas respuestas posibles, aquella que considera más idónea en atención a sus inte- reses y preferencias. Al fin y al cabo, ni hay dogmática alguna capacitada para sistematizar hasta el detalle la complejidad de la realidad, ni un sistema orientado a «la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político» (art. 1.1 CE) puede pretender que toda decisión jurídica quede prefijada con anterioridad a cualquier clase de «toma de contacto» entre el intérprete y el caso particular. Conforme a esta realidad, en el proceso de descenso del espacio abstracto de legitimación de una institución jurídica (un ámbito eminentemente político-constitucio- nal) hacia el nivel intermedio en el que se sitúa el juez con respecto a la resolución del caso concreto, debe tenerse en cuenta que ninguna construcción teórica puede (ni debe) ofrecerle al práctico una solución matemática exacta. La necesidad de disponer de criterios lo suficien- temente amplios como para soportar la rica variedad de la realidad y la necesaria orientación de toda decisión judicial hacia la equidad (art. 3.2. CC) obligan a ello. 3. EL IMPACTO DE LA IA EN EL DERECHO La reflexión precedente obliga a mirar con cautela —y no sin reservas— la incorpora- ción de sistemas de inteligencia artificial en el ámbito del Derecho, dado que una solución 2 Sobre ello, Otto, Manual de Derecho penal. Teoría general del Derecho Penal , 2017, pp. 21 ss. 3 La distinción la explicita Mir Puig, Derecho Penal , 9.ª ed., 2011, p. 539. 4 Silva Sánchez, Derecho Penal , 2025, 8/133.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NTEwODM=