Neurotecnología e Inteligencia Artificial: Fronteras legales y de gobernanza

35 laboratorio— no puede ser concebida como objetiva ni unívoca. Por el contrario, todo hecho o acontecimiento percibido por el ser humano constituye el resultado de una interpretación subjetiva. Dicha interpretación está mediada por la experiencia del sujeto, la cual incluye factores como sus intereses, temores, memoria, esquemas mentales o estereotipos. Dicho de otro modo, la percepción —esto es, el proceso por el que se atribuye significado a un determinado entorno— se configura como un fenómeno eminentemente individual, que revela más información acerca del per- ceptor (de sus guiones interiores) que de la realidad objeto de percepción. En fin, es el individuo, a partir de los conceptos adquiridos a lo largo de su experiencia vital, quien categoriza e interpreta el mundo que lo rodea (Goldstein y Cacciamani, 2025; Kandel et al., 2021; Mazzoni, 2019). Desde esta perspectiva, la percepción de un objeto como un tomate se debe a nuestra capacidad de reconocerlo a partir de características previamente conocidas —como su forma, textura, color y dimensiones—. Así las cosas, ante un estímulo que se le asemeja, realizamos esta identificación. De manera análoga operamos con el reconocimiento de una escena. Por ejemplo, sabemos que nos encontra- mos en una playa porque detectamos en el entorno elementos que culturalmente asociamos con dicho contexto, tales como una sombrilla, un velero o una toalla extendida sobre la arena. Si bien en las anteriores situaciones no suelen surgir ambigüedades interpreta- tivas, existen otras en las que su significado no se puede determinar de una manera tan clara. Determinados experimentos en psicología han demostrado que una misma situación puede ser percibida e interpretada de manera divergente, dependiendo de las características de cada observador: lo que para uno constituye una agresión injustificada, para otro puede representar una reacción defensiva frente a una pro- vocación. A los efectos de este trabajo, la cuestión más significativa a resaltar es que, en virtud de toda la información que se dispone acerca del funcionamiento de la percepción, estas discrepancias interpretativas no implican necesariamente la exis- tencia de una falsedad en los relatos depuestos. Tales diferencias pueden explicarse por la influencia de los distintos estereotipos y esquemas mentales que posee cada observador, los cuales intervienen activamente en la atribución de significado a los hechos percibidos. En méritos de todo lo anterior, estas consideraciones implican un cambio sus- tancial en la forma en que el derecho ha abordado tradicionalmente las declara- ciones; en especial, cuando se trata de testigos oculares. Desde una perspectiva jurídica, se ha asumido que la percepción es un proceso pasivo, objetivo y directo mediante el cual los hechos de la realidad se registran fielmente en el organismo a través de los sentidos. Esto no obstante, la evidencia empírica cada vez nos aporta más información de que esta narrativa no se corresponde con la realidad (Julià Pijoan, 2023b). Más allá del engaño: Límites conceptuales en la detección neurocientífica de la mentira

RkJQdWJsaXNoZXIy NTEwODM=