Neurotecnología e Inteligencia Artificial: Fronteras legales y de gobernanza

37 Con todo, el aspecto más problemático de este funcionamiento de la memoria radica en que, cuando una persona cree firmemente que ciertos hechos han ocurri- do, los recuerdos falsos y los verdaderos pueden volverse indistinguibles, tanto para quien los experimenta como para quien los evalúa. A día de hoy, la investigación neu- rocientífica no ha logrado identificar una huella neuronal que permita diferenciar de manera concluyente entre recuerdos verídicos y recuerdos distorsionados (Pérez Mata y Diges, 2024). 4. CONCLUSIONES En el presente trabajo he analizado el marco conceptual que sustenta el funcionamiento de los denominados detectores de mentiras, dispositivos que operan sobre la base de una dicotomía fundamental entre la verdad y la mentira. En términos generales, estos instru- mentos se fundamentan en una concepción de la mentira entendida como la supresión consciente de la verdad, centrando su detección en su ocultamiento consciente, en la mayor carga cognitiva que ello supone. Sin embargo, a la luz de los avances empíricos en el campo de la percepción y la memoria humana, se advierte que el alejamiento de la verdad es mucho más rico y complejo que el de adoptar una conducta obstructora a sabiendas: que no exista una intención consciente de falsear los hechos no implica, por sí mismo, que el declarante esté relatando los hechos tal y como ocurrieron, ni que la información ofrecida sea fiable respecto de los acontecimientos que se pretende reconstruir. La omisión de estas consideraciones conlleva el riesgo de que, aun en el su- puesto de alcanzar un desarrollo tecnológico confiable, el ámbito de aplicación de estos dispositivos resulta considerablemente limitado. Ello se debe a su inca- pacidad para detectar distorsiones fácticas originadas por esquemas mentales del testigo —tales como estereotipos, creencias o expectativas— o por la incor- poración posterior de información exógena al recuerdo original, fenómenos que pueden derivar en la formación de recuerdos falsos. Estas formas de alteración cognitiva resultan, además, significativamente más frecuentes que la ocultación consciente de la verdad. La consecuente restricción del marco conceptual compromete gravemente la utilidad de esta tecnología en el contexto judicial, ya que disminuye su potencial para contribuir a una reconstrucción precisa de los hechos y para reducir el ries- go de error judicial. En definitiva, esta herramienta tecnológica no proporciona a la función jurisdiccional un medio eficaz para prevenir las distorsiones fácticas no intencionales, las cuales pueden resultar igualmente perjudiciales para el pro- ceso probatorio. Más allá del engaño: Límites conceptuales en la detección neurocientífica de la mentira

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